Hace unas semanas escribimos la sistematización de la Pregunta Forestal del Día: ¿Plantaciones Forestales deben ser considerados cultivos?, ello motivó unos comentarios del experto en temas forestales Marc Dourojeanni. Hace unos días Marc nos alcanzó una nota adicional con la finalidad de hacer algunas aclaraciones a aquellos que han tomado sus comentarios sobre la obsolescencia del Reglamento de Clasificación de tierras por Capacidad de Uso Mayor, como un respaldo a la destrucción del bosque. Con ustedes, una ampliación a la pregunta forestal del día con esta nota adicional de Marc Dourojeanni.
Telón de fondo de discusión sobre cultivos y plantaciones es la deforestacióN

Por Marc Dourojeanni

El tema de fondo de la cuestión de “plantación no es/es cultivo” es, obviamente, la posibilidad de expandir la agricultura sobre tierras con capacidad de uso mayor forestal y sobre bosques a partir de la argucia de llamar “cultivo” a las plantaciones forestales. Pero todo eso es apenas fruto del interés de los grupos que juegan con la definición de palabras incluidas en una legislación mal hecha.  

Los grupos de interés son:

1. Los que quieren frenar la deforestación y que, por eso, se oponen a que sea reconocido que plantación y cultivo es lo mismo ya que eso, en teoría, permitiría legalizar el avance de la agropecuaria y la silvicultura -reforestación- sobre el bosque original o natural. Por el mismo motivo, este grupo prefiere mantener plenamente la vigencia del Reglamento de Clasificación de Tierras.

2. Los que quieren hacer reforestación en gran escala y que quieren reservar con exclusividad la tierra de aptitud forestal para plantar árboles.

3. Todos los demás, es decir los que quieren ocupar la Selva plantando o cultivando, legal o ilegalmente, en cualquier lugar. Los que hacen agricultura informal, es decir la grande mayoría, no se importan por la capacidad de uso mayor del suelo. Pero, los que quieren hacerlo legalmente o sacha-legal (parecido a legal), es decir las grandes empresas que desean, por ejemplo, expandir el cultivo de palma aceitera, alegan necesitar usar las tierras de aptitud forestal para expandir esos cultivos o plantaciones. Como primera medida resulta conveniente para ellos que sus cultivos sean llamados plantaciones y que palmeras y arbustos o árboles como café y cacao y toda clase de frutales sean catalogados como plantaciones forestales pues así podrían ocupar tierras con “capacidad de uso mayor forestal” además de las que tienen “capacidad de uso mayor para el cultivo”. Pero este grupo preferiría que se elimine el texto legal y el reglamento que discrimina las tierras por capacidad de uso mayor.

Aunque toda mi simpatía va para el primer grupo pues estoy convencido que no se debe deforestar nada más en la Selva, mi posición es que esa lucha no puede basarse en un absurdo conceptual y técnico, cómo es decir que una plantación forestal no es un cultivo o viceversa, aunque la ley y la costumbre vigente así lo insinúen. Como explicado en mi nota previa (¿Las plantaciones forestales deben ser consideradas cultivo? ) no se puede negar que bajo cualquier criterio no hay diferencia alguna entre plantación forestal y cultivo forestal (silvicultura) y que técnicamente las plantaciones de árboles y arbustos como los frutales y hasta la palma aceitera constituyen bosques tanto como una plantación de eucaliptos o pinos.

Es verdad que el artículo 11 de la ley vigente dice textualmente “No son plantaciones forestales los cultivos agroindustriales ni los cultivos agroenergéticos.”. Pero por más que la ley diga eso no cambia el hecho. Hubiera sido diferente decir “Los cultivos agroindustriales y agroenergeticos no serán considerados plantaciones forestales”. Así, en lugar de una aberración idiomática y técnica la ley apenas hubiese establecido un deslinde convencional. Aun subsistiría el hecho de que no hay diferencia entre plantación y cultivo. Pero, en verdad, el problema es más complejo.

El Reglamento de Clasificación de Tierras por Capacidad de Uso Mayor fue un excelente instrumento que yo mismo y mis colegas de la década de los 1970 aplicamos con mucho énfasis para frenar la deforestación en la época de la Reforma Agraria de los gobierno de Velazco y Morales Bermúdez que amenazaba entregar toda la Amazonía a campesinos sin tierra. En esa época funcionó bastante bien como barrera contra la deforestación evitando muchos asentamientos rurales inadecuados o la expansión desmesurada de estos. Pero, su eficiencia fue disminuyendo en los siguientes gobiernos por varios motivos: (i) la autoridad forestal perdió influencia, (ii) el trabajo de clasificación de tierras en el campo es difícil y costoso y se atrasó mucho, (iii) aparecieron nuevas ideas un tanto contradictorias como el zoneamiento ecológico- económico y el ordenamiento territorial y; (iv) la presión sobre la tierra aumentó desmesuradamente. Además, como bien se sabe, de nada sirve “clasificar tierras” amparado por una ley y por un reglamento si nada de eso es respetado. Como bien se sabe la mayor parte de la deforestación con fines agropecuarios se realizó en tierras con capacidad de uso mayor forestal o de protección, sin pedir permiso a nadie o mediante la corrupción. De hecho así se deforestaron oficialmente -en realidad mucho más- unos diez millones de hectáreas en la Selva.

Pero hay otro tema que no puede soslayarse con relación al Reglamento de Clasificación de Tierras por Capacidad de Uso Mayor. Su basamento científico es indiscutiblemente correcto. Las tierras tienen, obviamente, una aptitud natural para cada tipo de uso. Eso no es discutible. Aprovechar esa aptitud natural ahorra esfuerzo y costos para usarlas y evita que sean degradadas. Pero también hay que llevar en cuenta dos niveles de obstáculos. El primero se presenta en el terreno. En efecto, en condiciones amazónicas, especialmente en las tierras bajas, la imbricación entre capacidades de uso agropecuario y forestal es muy elevada y puede variar en pocos metros, debiéndose aplicar una media que no siempre es adecuada. Además, detectar eso requiere estudios detallados que son inviables. Pero el problema principal es que la tecnología agropecuaria ha progresado mucho y que lo no se podía hacer económicamente veinte o treinta años atrás ahora es perfectamente posible. Durante mucho tiempo se consideró que el cerrado brasileño era infértil pero ahora es el granero del país. Igualmente se creía que la tierra de los estados amazónicos de Pará, Rondonia y Mato Grosso era infértil (casi todas ellas con capacidad de uso mayor forestal) pero ahora son altamente productivas para soya, algodón, palma y otros cultivos industriales. Esto no es una invitación a deforestar también en el Perú. Esa invasión masiva de los bosques brasileños tendrá graves consecuencias. Pero es un hecho.

De la clasificación de tierras lo único que cabe conservar y aplicar estrictamente es lo concerniente a tierras con capacidad de uso mayor para protección. Pero en lugar de establecer “bosques de protección” sobre áreas específicas, debe considerárselas protegidas por el simple efecto de la ley. Los bosques de protección que cuidan de cuencas particularmente importantes pueden recibir una protección especial, adicional y eventualmente ser tratadas como áreas protegidas.

Por todo eso es que el asunto de la deforestación debe enfocarse de otro modo, mucho más amplio y drástico. Por ejemplo, simplemente prohibiendo toda forma de deforestación de bosques naturales o de purmas viejas, como ya es el caso para el Bosque Atlántico del Brasil. Esa medida debe ir acompañada de: (i) la rápida titulación de las tierras ya deforestadas que no sean de protección , (ii) incentivos serios -financiamiento, crédito, defensa contra invasores, etc.- para la intensificación del uso de la tierra ya deforestada, incluyendo la reforestación; (iii) la implantación de servicios públicos y de apoyo agropecuario eficientes, (iv) restauración natural de áreas degradadas que provocan riesgos y que por eso deben ser protegidas en el futuro y, (v) mejoramiento de las carreteras en esas áreas pero paralización de cualquier carretera nueva en toda la Selva.

Los bosques naturales deben ser preservados exclusivamente para: (i) generación de servicios ambientales como ciclo hidrológico y fijación de carbono, entre otros, pero debidamente remunerados; (ii) manejo forestal cuidadoso y estrechamente supervisado sobre áreas pequeñas y controlables; (iii) manejo de fauna y pesca, (iv) diversas formas de turismo y recreación y, (v) explotación minera y de hidrocarburos bajo estrecho control exentas de deforestación y contaminación. La madera del futuro vendrá esencialmente de la reforestación en áreas previamente abandonadas o subutilizadas y del manejo de purmas. La madera de los bosques naturales debe pasar a ser considerada madera preciosa, de lujo. Eso en el fondo fue más o menos la promesa que el Perú hizo al mundo, a través del Ministro Brack. Él llamó a eso de “deforestación cero”. No importa el nombre pero ya es tiempo de encarar el toro por las astas y no por las pezuñas.

Pasar de la caótica ocupación actual y previsible de la Amazonia a una “deforestación cero”, no es simple. La primera pregunta que campesinos e indígenas hacen es: ¿Y nosotros? La respuesta debe ser cuidadosamente elaborada y, como ya se ha visto, existe y hasta puede ser muy satisfactoria para todas las partes. Pero exige un cambio drástico de hábitos y costumbres en cuanto al uso de los recursos así como mucha disciplina y creatividad.

Para terminar, el tema de la destrucción de la Amazonía es de tal magnitud que supera ampliamente la capacidad y la autoridad del SERFOR, del Ministerio de Agricultura o del de Ambiente. Supera asimismo toda la buena voluntad de los ingenieros forestales y de los biólogos o de todos los profesionales preocupados con el futuro de la Amazonía. Es un problema de la nación peruana. Atacarlo requiere de un acuerdo nacional y de decisiones constitucionales. Pero ojalá que los forestales y el SERFOR sean el detonador del proceso y que convoque a los toreros que dominarán ese toro.